HIDALGO: PENSAMIENTO FILÓSOFO, TEÓLOGO, POLÍTICO. PDF Imprimir E-mail
Escrito por Carlos Herrejón Peredo, El Colegio de Michoacán   
Viernes, 26 de Febrero de 2010 23:25

normal_2_jornada_academica20067Profesionalmente Hidalgo fue ante todo un teólogo, pues además de cursar con brillo esa materia y disciplinas conexas, la impartió por cerca de diez años, y luego estando de párroco la siguió cultivando, al grado que se decía de él que era o el mejor teólogo del obispado o uno de los mejores.

         Por lo cual primero me voy a referir al pensamiento teológico de Hidalgo y de aquí partiré para decir algo de su pensamiento filosófico político.

         Del pensamiento teológico de Hidalgo abordaré cuatro puntos: la teología positiva, el problema del premio del bien y del castigo del mal, el concepto de concupiscencia en relación a la fornicación, y finalmente, el tema de la fe como puerta de la justificación.

 

         1.- Hidalgo propuso mayor atención hacia la teología positiva. La teología positiva no se contradistingue de ninguna teología negativa, sino de la teología especulativa. La positiva se llama así porque pone los datos de la Revelación cristiana: Biblia y Tradición; en tanto que la especulativa reflexiona y especula de manera sistemática sobre esos datos. Se trata en realidad de dos aspectos de la misma disciplina. Cuando Hidalgo cursó de alumno la teología se seguía el texto del dominico Juan Bautista Gonet, excesivamente especulativo, Clypeus theologiae thomisticae. Sin embargo, por alguna vía que desconozco, una vez concluidos sus estudios formales, leyó ávidamente varios textos que privilegiaban la teología positiva, teniendo tiempo para hacerlo, pues terminó en 1775 y no se ordenó sacerdote sino hasta 1778. En el ínterin en 1777 ante el recién llegado obispo, Juan Ignacio de la Rocha, Miguel Hidalgo expuso puntos de la obra  Praelectiones theologicae de un teólogo muy dado a la teología positiva, el también dominico Jacobo Jacinto Serry.[1] Esto le valió le otorgaran la cátedra de teología. Y a los pocos años escribió una Disertación sobre el mejor método para estudiar teología,[2] opúsculo premiado por el cabildo de Valladolid en 1784.

         Así habla en ella de la teología positiva:

         “No hay otro medio para adquirirla [la teología], sino ocurrir a la Escritura Sagrada y a la Tradición, […] Son los libros canónicos y tradiciones apostólicas dos órganos por donde [Dios] se comunica con sus criaturas, dos limpidísimas fuentes donde se beben las verdades de nuestra religión, en que se funda y de que trata la teología positiva; de donde se infiere rectamente sernos esta teología indispensablemente necesaria, porque ella es la que da noticia de la Escritura y la Tradición […]  de las definiciones de los concilios, de la doctrina de los Santos Padres, y de todas las otras ciencias que se requieren para su perfecta inteligencia, como son: la historia, la cronología, la geografía y la crítica”.

         Esto significa, pues, que la teología positiva es una invitación para retornar a las fuentes del cristianismo. Sin embargo, la teología especulativa también fue cultivada por Serry, el teólogo más admirado por Hidalgo, quien igualmente se movía fácilmente en ese aspecto.

         Una consecuencia de la teología positiva es poner a prueba no pocas creencias y costumbres que pasan por cristianas, pero que en realidad no tienen mayor apoyo ni en la Biblia ni en la Tradición cristiana. Hidalgo utilizó frecuentemente la teología positiva para criticar excesos devocionales, persuasiones infundadas, como el derecho divino de los reyes; y también para incitar a que sus interlocutores, siendo clérigos o religiosos, estudiaran a fondo los cimientos de la fe cristiana. Y como la Revelación fue progresiva y como su transmisión implica una también progresiva profundización, no basta frecuentemente invocar un texto aislado de la Biblia y la Tradición, sino examinar ese paulatino develamiento a través de muchos testimonios históricamente contextualizados.

         Esa crítica adquiría especial fuerza en el ingenio polémico y didáctico de Hidalgo. Y así bien pudo haber planteado como duda la comprensión de la expresión ‘Yo soy el pan vivo’ en paralelo con ‘Yo soy el camino’. Lo cual no implica que negara la presencia real eucarística, sino que invitaba a que sus interlocutores le fueran dando respuesta satisfactoria. Lo mismo, pudo formular la objeción de que la Eucaristía no se conoce en los términos que hoy enseña la Iglesia hasta mediados del siglo tercero, que antes sólo se tuvo por pan bendito. Esto significaba no que Hidalgo estuviera de acuerdo en la objeción, sino que exigía de su interlocutor le expusiera, en el marco de la teología positiva, porqué algún texto habla de pan bendito y en qué sentido, esto es, la bendición consecratoria. Por ello Hidalgo diría contundentemente antes de morir “He creído y he confesado como ahora lo hago que Jesucristo está real y verdaderamente en la Eucaristía por transubstanciación, del modo que lo cree nuestra santa madre Iglesia […] y la prueba convincente es que el temor que mi dañada conciencia me infundía cuando la conocía no limpia, me hacía abstener de sacrificar”.[3] Es decir, Hidalgo no celebraba misa, si tenía conciencia de pecado grave, pues creía en la presencia real eucarística.

         Lo mismo ocurrió respecto al sacramento de la reconciliación o confesión. Hidalgo afirmó “una ocasión que leía en el Berti [uno de los teólogos preferidos] la tradición que hay de la confesión auricular (no con ánimo de dudar de ella sino de instruirme para desempeñar la obligación como pastor de exhortar en doctrina sana y de confundir los que la contradigan, dando los testimonios o fundamentos de nuestra fe, como nos manda san Pedro), que no me parecía bien el modo con que la asentaba dicho autor: hasta el segundo o tercero siglo […] por apoyarla en una epístola que se tenía por apócrifa; pero que Natal Alexandro [otro autor de los que más leía] traía la referida tradición con claridad”.

         Como se advierte Hidalgo gustaba de penetrar en la historia de los dogmas y de las tradiciones concretas,[4] comparando autores de manera crítica, acorde a la teología positiva. De lo cual tampoco se sigue que negara la confesión auricular, pero indagaba los fundamentos de nuestra fe. Y aduce un testimonio de su propia vida pastoral: “¿Ni cómo negaría la confesión auricular yo, quien ha sufrido como diez años las mayores fatigas varias veces en el tiempo que he sido cura sin temer soles, fríos y asperezas, distancias y pestes, porque sus feligreses no pasaran sin ella a la eternidad?”.[5]

         Otro caso es el relativo a las profecías mesiánicas. Cuando Hidalgo pidió a un mercedario probara el mesianismo, éste citó el texto de Isaías He aquí que la virgen concebirá. Hidalgo repuso que en el texto hebreo no había tal voz sino otra, alma, que puede ser mujer no virgen o mujer en general. El fraile no supo qué responder. Hidalgo hubiera querido escuchar algo sobre sentido literal y pleno. Pero el fraile replicó que había otros textos sobre la venida del Mesías, sin desarrollar ninguno.  Hidalgo repuso que  no probaban. Exigía que su interlocutor mostrara que la fuerza probativa no estaba en un texto aislado, sino en un conjunto como parte de una tradición y en el marco de un sentido pleno. Para ello partía de la duda, more scholastico,[6] es decir, como lo hace el mismo santo Tomás, que al plantearse, por ejemplo el tema de Dios comienza diciendo ‘parece que no existe’ y da los argumentos de los mismos ateos, para luego contraponer la doctrina que lo afirma y finalmente volverse a resolver cada uno de los argumentos del ateísmo.

         Por ello Hidalgo asentaría claramente “Estoy y he estado tan convencido de la venida del Mesías, que no solamente la creo con fe católica, sino que tengo toda la evidencia teológica que es compatible con la fe, de suerte que aun cuando no fuera dogma de nuestra religión, no se puede negar, atendidos los hechos que la demuestran. El cetro de Judá continuado en el pueblo escogido y traspasado al extranjero Herodes cuando nace el Salvador;[7] las semanas de Daniel contadas o bien desde Ciro, o desde Darío Histapis, o desde Artajerjes Longuisano cumplidas;[8] la muerte de Cristo después de ellas;[9] la destrucción de la ciudad y santuario por Tito; la abominación en el templo; la negación que hizo de Cristo su pueblo; y la disipación de éste que hemos visto; la pintura tan viva de la historia del Mesías que hace David en sus Salmos y vemos realizada;[10] las circunstancias de su nacimiento anunciadas por Miqueas;[11] el retrato que hace Isaías[12] de Jesucristo tan idéntico que san Jerónimo dice de él que más  parece evangelista que profeta;[13] su concepción en el vientre de una virgen; su pasión tan individualizada; precisan aun al más ciego a decir lo que el Príncipe de los Apóstoles: ‘Tú eres Cristo, Hijo de Dios vivo’.

         Y concluía sobre lo difícil que era que los judíos se convirtiesen “obstinados en las falsas ideas con que se pintan al Mesías, lo esperan con los mayores aparatos de grandeza y soberanía mundana; quieren ver al pie de su trono los reyes y emperadores, […] entendiendo tan literalmente las profecías que a más de los errores inusitados están persuadidos, que han de ver habitar físicamente los lobos con los corderos; [...] sin que pueda convencérseles del sentido espiritual en que hablan los profetas y demuestran sus mismas expresiones, valiéndose del efugio de que esas son interpretaciones de los católicos y no palabras de las Escrituras”.

         En conexión con ello, la perpetua virginidad de María, la madre de Jesús, sobre lo que Hidalgo afirmó categóricamente:

          “Quien confiesa no solamente como católico, sino como racional la venida del Mesías; confiesa igualmente que tuvo la misma madre que los profetas y evangelistas nos refieren, y siendo ésta aquella virgen que anunció Isaías a Acaz, como señal dada por el Señor para que lo creyera,[14] y la que san Lucas dice que lo concibió por obra del Espíritu Santo, necesariamente ha de decir como yo siempre he dicho, digo y diré que es Virgen, agregando a esto, que no solamente fue virgen antes de concebir al Mesías, y cuando lo dio a luz, sino que lo es perpetuamente; pues aunque los libros sagrados no lo dicen expresamente, la tradición apostólica legítimamente continuada hasta nosotros, como regla de nuestra fe, así nos lo enseña”.[15]

         En esto último se halla la clave de la crítica teológica: la regla de la fe es la tradición apostólica legítimamente continuada hasta nosotros. Y esa tradición requiere ser estudiada.

         2.- Pasemos al problema teológico de la retribución del bien y del mal. Se trata no sólo de una cuestión abstracta en la vida de Hidalgo, sino de un asunto central en sus intereses, que trasluce vivencias religiosas. Aparece desde la Disertación teológica, lo explica en la cátedra, en las conversaciones familiares y desde luego con clérigos y religiosos ya siendo párroco, y lo retoma en Chihuahua, días antes de ser ejecutado.

         En efecto en la Disertación cita un argumento de los apologetas a favor de la religión católica, en polémica con los ateos: “Si no hay Dios –les dicen-, ni se previenen castigos para los malos ni premios para los buenos, con toda seguridad podemos abrazar la religión católica, puesto que en la otra vida ninguno nos ha de reconvenir por su observancia; pero si acaso es cierto (como lo es) que hay un Dios que castigará a los impíos y remunerará a los que observaren la ley que creemos dada por su Majestad, ¿no se exponen los ateístas a un riesgo gravísimo de perder la salud sin la más mínima esperanza de premio?”.

         El punto álgido está en saber si desde esta vida se ejerce ya esa justicia. Y sobre todo viendo los padecimientos de los buenos.  Hidalgo no una, sino varias veces abundaba sobre el tema diciendo “que Dios no castigaba frecuentemente en esta vida a los pecadores, ni que tampoco premiaba del mismo modo las virtudes”, y que […] “Dios había creado males para los malos, que no sufrirán los justos; y bienes para los buenos, de que no gozarán los impíos; pero que en cuanto a estos bienes y males temporales, serían comunes a los dos en esta vida para que no se deseasen con ansia aquellos bienes que también andaban en manos de los perversos ni se temiesen tanto los males que también sufrían los justos”.[16]

         Así Hidalgo planteaba el problema delante de clérigos y religiosos diciendo que Dios no castiga en este mundo con penas temporales “por ser improporcionado el castigo con el pecado”. Y precisaba:

         “He asentado que Dios no castiga siempre a los pecadores en este mundo con penas temporales, ni premia siempre en él con bienes de la misma especie y en los mismos términos a los buenos; o más claro, he dicho que no son los castigos ni los premios temporales argumento cierto de que se infiera que el que es afligido con ellos es malo, y el que es prosperado con los bienes es bueno, especialmente en la ley de gracia; […]”.

         Abundó luego Hidalgo citando el Evangelio de san Juan, a propósito del  ciego de nacimiento: “¿Quién pecó: él o sus padres?”;[17] igualmente citó a san Agustín: “Si Dios nos premiara con bienes temporales en esta vida, nos haríamos avaros”;[18] y a san Juan Crisóstomo: “El Señor tiene ahora muchas cosas en un método inverso, como es que el justo sea afligido y el pecador engrandecido”.[19] Finalmente adujo a san Pablo, a propósito de que los predestinados debiendo ser conformes a la imagen del mismo Hijo, deben entrar por muchas tribulaciones.[20] Y concluía Hidalgo diciendo que de no ser así ‘cerraríamos a los escogidos el camino angosto, y nos iríamos por el que Jeremías vio llevaban los impíos, sembrado de prosperidades’.

         Cae por su peso que Hidalgo admite que a veces los malos son castigados en este mundo y que los buenos son premiados. Pero no es ésta la retribución adecuada ni definitiva.

         3.- El concepto de concupiscencia en relación a la fornicación lo hubo de tratar Miguel Hidalgo en 1796 con su hermano Manuel, abogado  de presos de la Inquisición cuando éste llevó el caso de un peruano que se hacía pasar por francés y que entre otras proposiciones, se le atribuía la de haber dicho que fornicar no era pecado. Para su defensa, particularmente en este punto el abogado contaba con la asesoría de Miguel. Y así el abogado partió de una distinción teológica: “una cosa es que el hombre se incline a la conservación y propagación de su misma especie, naturalmente; y otra es que el fornicar sea cosa natural. La 1ª proposición es equivalente a la de que todo hombre se inclina naturalmente al matrimonio, que tan lejos está de ser herética, que la defienden los teólogos con Santo Tomás. La 2ª es notoriamente herética y la cual de ningún modo puede comprobarse con la permisión de los casamientos; y así esta mala inteligencia del testigo no puede dañar al reo”.

         La alusión a Santo Tomás conduce al concepto expreso de concupiscencia. Miguel, en consonancia con la defensa de su hermano Manuel, afirmaría que “la concupiscencia era natural al hombre, aun en el estado de la naturaleza pura. Aserto tan fundado que no sólo se ve sostenido por Gonet y de muchísimos teólogos que llevan al frente a su Angélico Maestro, quien entre otros lugares en la cuestión 30, artículo 3 de su Prima Secundae, donde dividiendo la concupiscencia en natural y no natural, dice que la natural se dice así, por ser conveniente a la naturaleza animal, como el manjar, la bebida y otras cosas semejantes que son comunes a los hombres y a otros animales como conveniente a su naturaleza; y en la cuestión 46, artículo 5 de la misma Prima Secundae, dice que si la concupiscencia y la ira se miran respeto de sus objetos, es más natural la concupiscencia que la ira. ¿Quién habría imaginado que explicarse así santo Tomás, se le atribuya que da por lícita la fornicación y polución, ni quién me condenará de este delito siendo mis expresiones las de aquel doctor? La concupiscencia o deseo de los bienes deleitables o para la conservación o para la propagación de la naturaleza, se puede verificar por medios lícitos, como es el matrimonio, y esto que es lo natural al hombre aun en el estado de la inocencia, le es lícito, pero nunca lo serán la fornicación y polución voluntarias, tan contrarias a esta concupiscencia natural que en su mismo nombre llevan grabado el uso ilícito de que se valen los que las ejecutan”.

         Así pues, la concupiscencia no natural es la propensión al pecado, y conforme al Concilio de Trento, no sólo se refiere a la lujuria, sino a todo pecado. Como se puede advertir, este punto del concepto de concupiscencia no pertenece a la teología positiva, sino a la teología especulativa, que como dijimos también era cultivada por Serry y por Hidalgo. Lo cual nos conduce a tratar el tema de la fe como puerta de la justificación.

         4.- Este punto forma parte de una amplísima discusión iniciada en la Reforma protestante, continuada por el jansenismo y prolongada, entre teólogos católicos, en la cuestión llamada De auxiliis. Se trata de explicar y conciliar hasta donde es posible,  la gracia de Dios que justifica y salva al hombre, con la libertad de éste. Es un tema típicamente de teología especulativa, aunque parta de datos positivos, y en este caso, de las definiciones del Concilio de Trento. Dos principales posiciones se dieron entre los católicos. El dominico Domingo Báñez que se inclina más por subrayar el papel de la gracia, y por otra parte, el jesuita Luis de Molina que pone énfasis en la libertad humana. Obviamente tanto Gonet, texto de Hidalgo siendo alumno, así como Serry y Billuart, textos en el magisterio de Hidalgo, siguen a Báñez. Consiguientemente es un error, muy extendido en la historiografía mexicana, decir que Hidalgo seguía en este punto a los jesuitas.

         Ahora bien, en la disputa de esa cuestión no era raro que los bañezianos al contradecir a los molinistas, les achacaran el acercarse a posturas heréticas, que exaltan excesivamente la capacidad y libertad humanas, en demérito de la gracia, como es el pelagianismo. Igualmente los molinistas, en el afán de atacar a los bañezianos, les atribuían aproximarse al jansenismo que tras de subterfugios anulaba finalmente el libre albedrío.

         En especial Serry, el admirado teólogo de Hidalgo, fue tildado por una parte de producir expresiones “escandalosas, sediciosas, injuriosas de papas y varones ilustres”.[21] en la polémica  De auxiliis, lo cual en realidad no era grave;[22] mas por otra parte se dijo que sí estaba teñido de jansenismo por seguir en algún punto a Pascasio a Quesnel, jefe  de los jansenistas, luego de la muerte de Antonio Arnauld. Concretamente hubo denuncias en la Inquisición de México entre los años 1751 y 1760 sobre proposiciones detectadas en obras de Serry,[23] y condenadas en la bula Unigenitus de Clemente XI, desde 1713. Entre los censores se hallaba Luis Fernando de Hoyos y Mier, futuro obispo de Michoacán 1773-1775. Sin embargo hubo defensores de la ortodoxia de Serry, sobre todo a partir de la expulsión de los jesuitas y ahí quedó. La polémica siguió en las aulas donde fueron entrando con paso más franco las obras de Serry con sus consiguientes defensores. Uno de  ellos fue precisamente Hidalgo quien según vimos desde joven defendió en acto público posturas de Serry delante del nuevo obispo Ignacio de la Rocha, quien compartía la adhesión por tales obras, ya que desde 1759 en un concurso de oposición había considerado católica la predeterminación física,[24] acorde con el bañezianismo de Serry. Y luego en la plenitud de su magisterio, 1785, Hidalgo presidió otro acto donde uno de sus alumnos, expuso puntos de la Praelectiones de Serry y lo defendió expresamente de la nota de jansenista, evento que además fue reseñado en la Gazeta de México. [25]

         Lo que tal vez no sabía Hidalgo, ni muchos otros teólogos en Nueva España, era que en realidad hubo otra obra de Serry, Theologia supplex coram Clemente XII Pontif. Max. Clementinae Constitutionis Unigenitus Dei Filius explicationem atque intelligentiam rogans, 1736, publicada de manera anónima que mereció mayor censura al año siguiente, pues trató de defender algunas de las proposiciones del mencionado Quesnel, jefe de los jansenistas después de Antonio Arnauld.

         Hidalgo seguramente conocía las proposiciones condenadas por la bula Unigenitus, y ya en su experiencia de párroco es probable que en especial una le pareciera efectivamente muy condenable. Es la siguiente: “Fides est prima gratia et fons omnium aliarum”: ‘La fe es la gracia primera y la fuente de todas las demás’.[26] Esto significa, conforme a Calvino, Jansenio y Quesnel que la fe es la puerta exclusiva de los beneficios que superan nuestra naturaleza. La condenación de tal proposición implica que la ortodoxia de la Iglesia admite que antes de abrazar la fe un infiel puede recibir dones de Dios, más allá de las exigencias de su naturaleza, que lo van conduciendo a la justificación.

         Hidalgo, a partir de su experiencia de párroco, así como de la lectura de la Historia Antigua de México de Clavigero, [27] fue valorando más las posibilidades de la naturaleza, acorde con el reconocimiento que Hidalgo hacía del mundo americano, no sólo el criollo, sino particularmente el indígena, no ignorando el axioma según el cual, aunque planos distintos el de la naturaleza y el de la gracia, son inseparables de manera que ésta no destruye la naturaleza, sino la perfecciona. Por ello me parece que en esto Hidalgo no seguía a Serry y menos a Quesnel.

         Otros puntos se pudieran tratar de Hidalgo como teólogo. Por vía de ejemplo, el hecho que en la madurez de su magisterio Hidalgo alternó el Serry con otro que equilibra más la teología positiva con la especulativa, el también dominico Carlos Billuart.[28]  Asimismo su afición a obras de apologética, principalmente de Juan Benigno Bossuet[29] y de historia eclesiástica, como la de Claudio Fleury, [30]no exentas de galicanismo, de donde Hidalgo bebió una crítica a Gregorio VII y a su canonización. Mas parece que el tinte de galicanismo en Hidalgo no asumió la subordinación de la Iglesia a la potestad secular, sino la participación de sectores de la Iglesia como condición para el carácter irreformable de las enseñanzas pontificias, según la cuarta de las declaraciones del clero galicano de 1682, mismas que fueron condenadas por Alejandro VIII en 1690.[31]

        

II

Pensamiento filosófico de Hidalgo. Únicamente voy a tratar aquel pensamiento ligado a la teología natural y relacionado con la idea política subyacente a la justificación de la insurgencia y de algunas de sus metas. No nos confundamos. La teología de que hemos hablado en la primera aparte es la que proviene de la revelación, cuya respuesta es la fe. En cambio la teología natural es filosofía por cuanto no es la revelación, sino la luz de la razón la que conduce a ella. Esta teología natural está íntimamente vinculada con los derechos naturales, por cuanto es Dios, autor de la naturaleza quien los da con ella. Hidalgo insurgente con frecuencia invoca al Dios de la naturaleza y los derechos naturales otorgados por ese Dios. Indudablemente Hidalgo sabía que el Dios de la naturaleza es el mismo que el de la revelación y la gracia, pero en cuanto es perceptible por la sola luz de la razón y referido solo a los dones que no superan las exigencias de la creatura. Escuchemos a Hidalgo:

Se refiere a insurgentes que “aventuran su propia existencia por mantener los sagrados derechos del hombre”, conducta que contrapone a la de los desertores, por el “abandono de los sagrados derechos del ciudadano”.[32] Conforme al propio Hidalgo esos derechos no se pueden enajenar y deben defenderse hasta el extremo: “aquellos derechos que el Dios de la naturaleza concedió a todos los hombres, derechos verdaderamente inalienables y que deben sostenerse con ríos de sangre si fuere preciso”.[33] Él mismo declara haber sido “electo por la mayor parte de los pueblos del reino para defender sus derechos y los de sus conciudadanos”.[34]

Esos pasajes comportan que además de conocimientos teológicos, Hidalgo sabía de la Declaración de derechos del hombre y del ciudadano de la Revolución Francesa que en su artículo segundo dice que “el fin de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Estos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión”. Además, un presupuesto de tales derechos es la igualdad.[35] “Sublimes concepciones” diría Abad Queipo.[36]

E Hidalgo vuelve a precisar en una proclama: tales derechos son percibidos por “la luz de la razón, que el mismo Ser Supremo nos ha dado, como una antorcha que nos guíe y nos ilumine”.[37] En el Despertador Americano publicado de su orden y con sus indicaciones precisas, se afirma: “nos creemos autorizados por el Ser Supremo, de quien recibimos los mismos derechos naturales que los demás hombres, para aspirar abiertamente a la independencia, como el único recurso de mantener pura e ilesa la fe católica”.[38] Las provincias declaradas a favor de la insurrección “han abierto los ojos, todas han despertado del letargo, todas han reconocido que ha llegado el momento señalado por la Providencia para que recobremos nuestra natural libertad e independencia, aquella que Dios, padre común de todos los humanos, ha concedido a todas las naciones de la tierra para su común felicidad”.[39]

Ser Supremo y derechos naturales de todos los hombres. Tales expresiones remiten a la teología natural, la construida con la luz de la razón y no a la teología revelada; natural es aquélla asequible a todos los hombres, independientemente de la religión histórica que hayan asumido y aun cuando no hayan escuchado el mensaje cristiano. Tal teología natural declara la existencia y atributos de Dios, especialmente su unicidad, trascendencia, justicia remunerativa y aun providencia, pero no implica revelaciones ni dogmas de una iglesia que vayan más allá de aquella existencia y atributos. La teología natural también se conoce como teodicea, en tanto que a la teología revelada también se le llama teología sobrenatural o dogmática.

Aun cuando de suyo teología natural y revelada no se opongan, pues la segunda en cierta manera presupone la primera, y varias tesis de la primera sean también artículos de fe,[40] en la Ilustración y en la modernidad se fueron distinguiendo con más claridad y aun separando; de tal manera la teología natural aparecía más en consonancia primero con el racionalismo y luego con el universalismo de la igualdad de todos los hombres.

 Adviértase, pues, que en el pensamiento de Hidalgo tales derechos implícitamente tienen su fundamento sólido en el derecho natural, en cuanto no disociado de la teología natural. Aquí está la semejanza y diferencia con los derechos proclamados en la célebre declaración de la Revolución Francesa, pues aunque ésta se hizo “en presencia y bajo los auspicios del Ser Supremo”, no vincula esos derechos a la teología natural como Hidalgo.

De lo dicho podemos inferir que para Hidalgo el concepto de ley natural, presupuesto necesario de los derechos naturales, no es el iusnaturalismo originado en el voluntarismo cartesiano y desarrollado por Grocio y Puffendorf,[41] sino el consonante con la doctrina tomista, tan cara a Serry, el teólogo predilecto de Hidalgo, quien define el derecho natural, en general, identificándolo con la ley natural, como “la luz natural del ingenio y el sentido íntimo e instinto de la naturaleza inteligente, impreso por el Autor de la naturaleza, que dicta al hombre qué debe ejecutar o de qué debe apartarse aquí y ahora, qué debe hacer o qué debe omitir”.[42] Esa obligación implica derecho.

Viniendo a los derechos en particular, Hidalgo insurgente se refirió a dos: la libertad y la resistencia a la opresión.

Derecho fundamental es el de la libertad que implica la supresión de la esclavitud. Miguel Hidalgo abolió, pionero en el continente americano, la esclavitud a partir del 19 de octubre de 1810.  Bien se sabe de los cinco bandos de Hidalgo al respecto. Los tres primeros manuscritos, redactados por otros, pero conforme a orden e indicaciones de Hidalgo: el de José María Anzorena en Valladolid; el de Ignacio Rayón en Tlalpujahua; y el de José María Morelos en El Aguacatillo. Y luego los dos bandos impresos de Guadalajara, firmados por el mismo Hidalgo.

De modo especial del primer bando manuscrito conviene advertir por una parte la disposición de que se “pongan en libertad” los esclavos existentes y por otra la prohibición de su compra venta “por no exigirlo la humanidad ni dictarlo la misericordia”.[43] Del primer bando impreso hay que subrayar la razón que da para proceder a la abolición de la esclavitud, puesto que es “contra los clamores de la naturaleza el vender a los hombres”.[44] Esta libertad no sólo conlleva la supresión de la esclavitud sino todo un sistema de libertades como la de expresión, de movimiento, de asociación, etc. La resolución de Hidalgo por la reivindicación de tales libertades era tajante “resolvimos a toda costa o vivir en libertad de hombres o morir tomando satisfacción de los insultos hechos a la nación”.[45] La reflexión que conduce a la afirmación categórica contra la esclavitud, partía en un teólogo como Hidalgo, entre otras bases, de la doctrina paulina de la igualdad de la nueva creación inaugurada por Jesucristo: no hay distinción entre judío o griego, esclavo o libre, hombre o mujer: Ga 3, 28.

De la libertad del individuo Hidalgo pasa a la libertad de la nación, en cuanto facultad para disponer de sí y por sí misma. Esto aparece especialmente en una proclama de Guadalajara, cuyo primer párrafo dice así:

Cuando yo vuelvo la vista por todas las naciones del universo y veo que las naciones cultas como los franceses quieren gobernarse por francés, los ingleses por ingleses, los italianos por italianos, los alemanes por alemanes, cuando veo que esto mismo sucede en las más bárbaras y groseras, en aquellas mismas que arrastran su miserable existencia a manera de bestias y que como éstas se ven precisadas a vagar para solicitar el alimento; que entre las pocas ideas que su vida errante les permite una de ellas es la misma que se observa en las naciones cultas: que los apaches quieren ser gobernados por apaches, los pimas por pimas, los taraumares por taraumares, no puedo menos de creer que ésta es una idea impresa por el Dios de la naturaleza. ¿De qué otra suerte convendrían todos en un mismo modo de pensar, si no lo dictara la luz de la razón, que el mismo Ser Supremo nos ha dado, como una antorcha que nos guíe y nos ilumine? Cuando veo, vuelvo a decir, que esto sucede en todas las naciones del universo, me lleno de admiración y de asombro al considerar que sólo a los americanos se niegue esta prerrogativa.[46]

Podría entenderse tal derecho natural como mera autonomía, es decir, que el gobierno estuviera en manos de connacionales, pero manteniendo la integración del país a la monarquía española, y en consecuencia, reconociendo al rey. Pero la proclama insiste en que se trata de naciones diversas y guarda total silencio sobre el rey. Aunado a esto Hidalgo rechazó expresamente la mención del rey en Guanajuato, en Valladolid y sobre todo en Guadalajara. De los caudillos acompañantes de Hidalgo Mariano Jiménez diría reiteradamente que Hidalgo pretendía la independencia absoluta, en tanto que Allende buscaba la autonomía.

 Otro derecho proveniente del Dios de la naturaleza y percibido por la luz de la razón es el de resistencia a la opresión. Siendo un derecho natural conlleva su licitud moral, bien que con ciertas condiciones, como lo había desarrollado la escolástica, principalmente el jesuita Francisco Suárez,[47]  mucho antes de la Revolución Francesa. Este evento propició que no pocos clérigos, según mencioné, recordaran el tema de la tiranía como opresión grave y persistente, así como las condiciones que se requieren para que la resistencia armada contra esa opresión sea lícita. Ellas son: que se hayan agotado las vías pacíficas para frenar la opresión tiránica; que tal resistencia cuente con la representación del pueblo oprimido y que no se provoquen mayores males que los causados por la tiranía. Esta doctrina presupone que el poder político proviene del autor de la naturaleza social del hombre, Dios, y que de él dimana directamente, no a los gobernantes, sino al pueblo quien la traslada a ellos con la consiguiente obediencia, pero con la condición que el gobernante busque el bien común. Es un pacto. La opresión tiránica conculca ese pacto y abre la puerta a la resistencia. De tal manera, conforme a esta doctrina, las citas bíblicas sobre el poder político como dimanado de Dios, y la consiguiente obediencia a las autoridades, han de entenderse referidas al origen mediato de ese poder.

         Esta doctrina iusnaturalista de cuño teológico[48] era conocida por Hidalgo, pues, aunque  tachada de sanguinaria y proscrita por el despotismo ilustrado, se hallaba resumida en textos como el de Billuart, que adoptó en San Nicolás; y además un ejemplar de la obra Defensio fidei donde Suárez la plantea con amplitud, inadvertidamente llegó al Colegio cuando Hidalgo iniciaba su magisterio teológico. Sin embargo, parece que en aquel periodo no le significó mayor cosa a Hidalgo, volcado como estaba en la teología positiva. Además Suárez en la mencionada disputa De auxiliis contradecía a Báñez, la escuela que seguía Hidalgo.

         Las cosas cambiaron luego de la Revolución Francesa: el tema de la tiranía recobró vigencia, varios casos defendidos por su hermano el abogado Manuel Hidalgo hacían referencia a ella, en Valladolid la trataba Manuel de la Bárcena, amigo de Abad como Hidalgo, y él mismo comenzó a alabar aspectos de la Revolución Francesa y a criticar severamente al gobierno. E indudablemente al decidirse a entrar en la conspiración de Querétaro, Hidalgo hubo de plantearse la licitud del levantamiento y sus condiciones. En sus proclamas no da referencias teológicas, pero sí señala insistentemente la situación de opresión tiránica de parte del gobierno español y en Guadalajara de manera más abierta declaraba que era lícito no obedecer al rey déspota, siguiendo la doctrina de teólogos exquisitos. Luego que salió de esa ciudad, hubo quien señalara que el levantamiento de Hidalgo estaba condenado por un concilio de la Iglesia el de Constanza. [49]

         Pero ¿qué dice realmente el concilio sobre una insurrección? Directamente nada. Pero condena dos proposiciones que pueden relacionarse. La primera, atribuida a Juan Wiclyf, dice: ‘El pueblo puede corregir a su antojo a los gobernantes que delinquen’.

         La otra proposición, de Juan Petit, dice: ‘Se puede y debe, lícita y meritoriamente, matar a cualquier tirano por cualquier vasallo o súbito suyo, aun  mediante insidias ocultas, así como lisonjas y adulaciones sutiles, no obstante cualquier juramento prestado o alianza establecida con él, sin esperar sentencia o mandato de cualquier juez’. [50]

         Como se puede advertir, en cuanto a la primera, no está condenada toda corrección de los gobernantes hecha por el pueblo, sino aquella que se hace al antojo, fuera de ajustarse al derecho natural. En cuanto a la segunda, no está condenado todo tiranicidio, sino aquel que se lleva a cabo por iniciativa particular, con engaño y traición. Suárez lo explica largamente.

         Por ello, ya prisionero en Chihuahua Hidalgo consideró que sus ideas e intenciones de insurgencia no caían en la condenación conciliar, y que desde luego rechazaba tales proposiciones condenadas por el concilio. Esto es lógico; pero lo que no parece es que añade que se retractaba, en cuanto que da a entender que aquellas ideas e intenciones sí cayeron en la condenación conciliar. La explicación está en función de los excesos de la insurrección, que reconoció reiteradamente en el proceso militar, en especial los asesinatos de españoles civiles en Valladolid y Guadalajara. En verdad esto no cumplía con las condiciones del levantamiento justo y puso al movimiento en entredicho.

         Cae por su peso que en el pensamiento político de Hidalgo el contar con la representación del pueblo para la insurrección era punto capital. Por ello invocaba reiteradamente que su autoridad dimanaba de esa representación. Inicialmente contó con el acuerdo que los conspiradores, de distintas partes, incluida la ciudad de México, hicieron de él como cabeza. Pero más que eso, las aclamaciones de Celaya y de Acámbaro, donde había gente y líderes de diversas regiones del centro del país. Y buscó que tales aclamaciones fueran sancionadas por los ayuntamientos de su tránsito. Además, los comisionados que tanto él como Allende enviaron por todo el país consiguieron en muchos casos una pronta adhesión a la causa y a sus caudillos.

         Punto también capital de su pensamiento político fue la propuesta, no de una Junta que gobernara en nombre del rey, sino de un Congreso representativo de todo el país que “dictara leyes suaves, benéficas, acomodadas a las circunstancias de cada pueblo”.[51] La iniciativa sería retomada en su momento por Morelos. Sin embargo hemos de decir que Hidalgo estando en Guadalajara siete semanas, bien que intentó un gobierno con ministros y algunos nuevos miembros en la Audiencia, su estilo fue autocrático y perdió la oportunidad de crear un órgano más representativo que legitimara mejor el movimiento.

         Recapitulando, Hidalgo profesionalmente fue un teólogo ortodoxo, renovador de la teología en cuanto introdujo mayor atención al estudio de la Sagrada Escritura y de la Tradición echando mano de disciplinas auxiliares como la historia y la crítica textual. Por otra parte discutía de esos temas incitando a sus interlocutores con la duda metódica a propósito de cualquier artículo de la fe o pasaje  bíblico, o bien, de historia de la Iglesia. Esto le ocasionó denuncias a la Inquisición, la cual sin embargo consideró no había elementos para el proceso. Ni siquiera en razón de la vida de Hidalgo en San Felipe que por un tiempo se volcó excesivamente en distracciones de suyo sanas, pues la misma Inquisición comprobó un cambio radical en su vida y consignó que su fama ya en Dolores era de “sabio, celoso párroco y lleno de caridad”.

         Un problema de teología y vivencia religiosa para Hidalgo era el del premio del bien y castigo del mal. Ponderaba una y otra vez, a la luz de las fuentes del cristianismo y de la reflexión que los males que padece alguien no siempre son signo seguro de castigo de sus pecados, como tampoco lo son, de premio de virtud, los bienes y éxitos que alguien alcanza en esta vida. El sufrimiento del justo tiene su cabal explicación en la configuración con Cristo. La sanción adecuada es la escatológica.

         Discusión también recurrente en Hidalgo era la concupiscencia. Siguiendo a Santo Tomás distinguía la concupiscencia natural y la concupiscencia pecaminosa. La primera, necesaria para la propagación de la especie, inclina a la unión del hombre y la mujer, y en el marco del matrimonio no es pecado. La concupiscencia fuera de ese marco es pecaminosa.

         Dentro de la filosofía Hidalgo fue tocando cada vez más el tema de la razón natural, que independientemente de la fe, conduce tanto a la afirmación de la existencia de Dios, de su unicidad, trascendencia e infinita perfección, así como de su calidad de creador de la naturaleza, y consiguientemente de la ley natural, que implica el otorgamiento de derechos naturales, tanto para las personas como para las naciones. Esta teología natural embona por una parte con doctrinas de la escolástica, particularmente de Francisco Suárez, y por otra, con la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano de la Revolución Francesa, también conocida por Hidalgo, quien en varios escritos habló de los derechos concedidos por el Ser Supremo, entre ellos, el derecho a la libertad, el derecho a la justa resistencia frente a la opresión, y el derecho de una nación al autogobierno.

        

        

 



[1] Archivo Casa de Morelos Morelia, fondo Diocesano, sección Gobierno, serie Sacerdotes, subserie Oposiciones, años 1781-1794, caja 318, exp. 20.

[2] Entre las varias ediciones consigno la de Gabriel Méndez Plancarte: “Disertación  de Hidalgo”, precedida de un magnífico estudio: “Hidalgo Reformador Intelectual”, Ábside, México, abril-junio 1935, XVII, 2, pp. 171-196 y 135-170. Reproducidos ambos textos en Hidalgo reformador intelectual y libertador de esclavos, Morelia, Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, 1982, pp.13-76.

[3] Juan Hernández y Dávalos, Colección de documentos para la historia de la guerra de independencia, México, Imp. José M. Sandoval, 1877-1882, I, p. 190.

[4] Probablemente se trata en cuanto a Berti, de De theologicis disciplinis, 1739-1792; y en cuanto a Noël Alexander, de la ya citada o de Theologia dogmatica et moralis, 1693.

[5] Hernández, Colección cit., I, p. 189.

[6] Pompa, Procesos cit., p. 91.

[7] Gen 49.

[8] Dan 9, 24-27.

[9] Breve alusión a esta profecía de Daniel en testimonio de García de Carrasquedo: “12 […] sobre el cumplimiento de la profecía de las setenta semanas”: Hernández, Colección cit., I, pp. 148-150.

[10] Ps 22. 15. 21. 44. 68. 71.108.109.

[11] Miq 5, 2-3.

[12] Is 2.42.52.53.

[13] San Jerónimo In Isaiam

[14] Is 7, 14-15.

[15] Hernández, Colección cit., I, pp. 148-150

[16] Hernández, Colección cit., I, pp. 148-150.

[17] Jo 9,1-3.

[18] De Civitate Dei, cap. 8.

[19] Del Sacerdocio, último libro.

[20] Rm 8, 29.

[21] Fue la Inquisición española que hizo tal condenación en 1701: Hurter, Nomenclator theologiae catholicae, Oeniponte, Libraria Academica Wagneriana, 1879, pp. 989-995.

[22] Se trata de dos obras: Historiae Congregationum de auxiliis divinae gratiae sub summis pontificibus Clemente VIII et Paulo V, libri 4, 1700, de Serry y las Exercitationes historicae, criticae, polemicae de Christo ejusque Virginie Matri 1719, de Agustín Leblanc, pseudónimo del mismo Serry. Hidalgo las tenía en su biblioteca ya en Dolores dentro de la edición, póstuma a Serry, de sus obras completas. Fray diego Bringas se cercioró de ello en 1809: Pompa, Procesos cit., pp. 121-122. La edición de las obras completas de Serry es en 6 tomos, Lyon 1770, e incluyen tanto la dicha historia como las Praelectiones y el resto de sus obras. Las Praelectiones habían sido publicadas antes en 5 volúmenes, Venecia 1742.

[23] AGN, Inquisición vol. 963, exp. 5, fs. 309-307; 318-345; 349-357; 458-474, 38-87; 479-502; 359-381v; 419-457v; 402-413; vol. 941, exp. 5 fs. 95-105. Caja 184, carpeta 1752, exp. 28, fs. 165-169.

[24] AGN Inquisición, vol. 852, exp. s.n.,fs. 277v-283v.

[25] La ortodoxia antijansenista de Serry en Praelectiones theologicae, donde trata las proposiciones de Jansenio condenadas por la Iglesia T. I, disputatio IV, pp. 416-486.

[26] Denzinger 2427.

[27] Hernández y Dávalos, Documentos cit., I, p. 150.

[28] Es recurrente la utilización que Hidalgo hace de estos autores en actos académicos suyos y de sus discípulos: Arreguín (ed.), Hidalgo en el Colegio cit., 1956, pp. 45-46; Pompa, Procesos cit., pp. 54, 105, 12; Nicolás Rangel, “Estudios universitarios de los principales caudillos de la guerra de independencia”, Boletín del Archivo General de la Nación, México, 1930, T. I, n°1, pp. 30-31.

[29] Hernández y Dávalos, Documentos cit., I, p. 150. Defensa del clero y Refutación de los protestantes (Declaratio cleri gallicani, Histoire des variations des Églises protestantes), "de estas obras hacía mucho aprecio y las elogiaba en extremo".

[30] Historia eclesiástica, obra que ocasionó por comentarios de Hidalgo su denuncia  a la Inquisición en 1800.

[31] Denzinger, Enchyridion, ns. 2281-2285.

[32] Bando del 14 de enero de 1811: AGN, Serie Historia, caja 1, exp. 7.

[33] Hernández, Colección cit., II, p. 404.

[34] Hernández, Colección cit., I, p. 124.

[35] “Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos”: Jorge Jellinek, La declaración de los derechos del hombre y del ciudadano. Estudio de historia constitucional moderna, México, Nueva España, p. 60.

[36] Manuel Abad Queipo, Colección de los escritos más importantes que en diferentes épocas dirigió al Gobierno, México, Mariano Ontiveros, 1813, p. 113.

[37] Carlos Herrejón Peredo, “Escritos de Hidalgo publicados o datados en Guadalajara”, en Moisés Guzmán Pérez, Guerra e imaginarios políticos en la época de las independencias, Morelia, Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, 2007, p. 48.

[38] El Despertador cit., pp. 16-17.

[39] El Despertador cit., p. 23.

[40] Michel Grison, Teología natural o Teodicea, Barcelona, Herder, 1972, pp. 14-16.

[41] “A la concepción de la ley natural como participación de la ley eterna opónense las doctrinas voluntaristas que hacen de la ley natural (o derecho natural) una arbitraria creación de Dios. Tal es el punto de vista de Descartes, así como el de los filósofos nominalistas medievales y de los juristas que, siguiendo a Hugo Grocio, fundaron, en los siglos XVII y XVIII, la escuela llamada Escuela del Derecho de la naturaleza”: Régis Jolivet, Tratado de Filosofía Moral, Buenos Aires, Carlos Lohlé, 1959, p. 81.

[42] Hyacinthi Serry, Opera omnia, Lyon, 1770, VI, p. 240. La definición se halla dentro de: Observationes censoriae in libellum cui titulus est: Juris naturalis et gentium doctrina metaphysice asserta, a fratre Nicolao Concina Ordinis Praedicatorum, metaphysicae professore, novissime publicatum.

[43] Valladolid, 19 de octubre de 1810, en Moisés Guzmán Pérez, Miguel Hidalgo y el Gobierno Insurgente en Valladolid, Morelia, Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, 2003, pp. 243-244; también en Hernández, Colección cit., II, pp. 169-170.

[44] Guadalajara, 29 de noviembre de 1810, en Hernández, Colección cit., II, p. 243. El segundo bando de Guadalajara, 6 de diciembre de 1810, en Hernández, Colección cit., II, p. 256.

[45] Guadalajara, 13 de diciembre de 1810, en Hernández, Colección cit., II. pp. 297-298.

[46] Impreso, Archivo General del Estado de Durango, ‘Procesos de la Guerra de Independencia del año de 1811’. Expediente n° 2123. Rollo 103. Exp. N° 15. fojas 54. Casillero 5.

[47] Francisco Suárez, Defensio fidei catholicae et apostolicae adversus anglicanae sectae errores cum responsione ad apologiam pro iuramento fidelitatis et praefationem monitoriam serenissimi Jacobi Magnae Britaniae regis […] Colonia 1614. Traducción de los pasajes pertinentes en Carlos Herrejón Peredo, Textos políticos en la Nueva España, México, UNAM, 1984, p. 63.

[48] Este iusnaturalismo teológico que hace referencia expresa al Dios de la naturaleza, no procede del tiempo de Hidalgo, y más bien había sido un antecedente del iusnaturalismo a secas, como lo muestran los historiadores de la teoría política, Sabines entre otros, haciendo ver como Francisco Suárez al atacar el derecho de los reyes como derivado inmediatamente de Dios, finca las bases de una teoría política y una jurisprudencia que se pueden separar de desarrollos teológicos, aunque no se niegue la existencia de ese Dios de la naturaleza. Los  tratados de teología dogmática que conocía Hidalgo, de los siglos XVII y XVIII, como Billuart, suelen dedicar algunas páginas, pocas, al derecho natural, distinguiéndolo desde luego del divino, del de gentes y del positivo. De tal manera mientras se desarrolló el iusnaturalismo fuera de la teología, esto no significó que lo abandonaran los teólogos; al contrario la misma doctrina y polémicas sobre naturaleza y gracia, razón y fe, responden a desarrollos paralelos.

[49] Ver a Serry, Praelectiones theologicae, t. IV, De conciliis.

[50] Denzinger, Enchyridion, ns.1167, 1235.

[51] Hernández, Colección cit., I, p. 126.

Última actualización el Viernes, 26 de Febrero de 2010 23:58
 

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